La SECCATID no ha emitido disposiciones para clasificar la información en su poder como reservada de acuerdo a los Artículos del 25 al 28 del Decreto 57-2008 del Congreso de la República, Ley de Acceso a la Información Pública. 

Sin embargo, aplica para la SECCATID, el listado de Información Clasificada siguiente: 

A. La información calificada como secreto profesional. Artículo 22 numeral 3 

B. Toda aquella información que por disposición expresa de una ley sea considerada como confidencial. Artículo 22 numeral 4. 

C. Los datos sensibles o personales sensibles, que solo podrán ser conocidos por el titular del derecho. Artículo 22 numeral 5. 

D. La información de particulares recibida por el sujeto obligado bajo garantía de confidencia. Artículo 22 numeral 6 

La SECCATID en el período fiscal 2026 no ha emitido resoluciones como reservadas o confidenciales de acuerdo a las normativas correspondientes.